17/03/2016 17/03/2017 En relación a la primera solicitud la Contraloría estableció, Inciso Primero del Artículo 68 del Decreto Nº250, de 2004, del Ministerio de Hacienda, que “para garantizar el fiel y oportuno cumplimiento del contrato una vez producida la adjudicación, el adjudicado entregará las cauciones o garantías que correspondan, a favor de la entidad licitante, cuyos montos ascenderán entre un 5% y un 30% del valor total del contrato, salvo lo dispuesto en los artículos 42 y 69 de ese reglamento”. Agrega la Contraloría que “de los antecedentes tenidos a la vista, consta que en el punto 10.2 de las bases administrativas especiales que rigieron el proceso de que se trata, se exigió una boleta de garantía fiel y oportuno cumplimento por un monto del 5% del contrato, y una vigencia mínima al 31 de diciembre de 2020”. No obstante, agrega la Contraloría, “por medio del Decreto Alcaldicio Nº 2.713, de 2016, se modificó dicho acápite, estableciéndose que la suma de la caución debía ascender a 14 millones de pesos renovables cada 4 meses”. La Contraloría advierte que “por medio del Decreto Nº 381, de 2017, la Municipalidad de Panguipulli revocó la licitación”, entre otros motivos, “por los vicios detectados en los pliegos de condiciones”. Por último, en este aspecto, la Contraloría hizo presente que “el actuar de la entidad edilicia en orden a no adjudicar la propuesta, se ajustó a derecho, dado que el pliego de condiciones contravenía lo dispuesto en el mencionado Inciso Primero del Artículo 68 del Decreto Nº250, de 2004, ya que, tal como se precisó en el Dictamen Nº 15.580 de 2014, de este origen, la garantía fiel y oportuno cumplimiento debe estar expresada en un porcentaje del valor total del contrato, y no en un monto fijo y determinado en pesos”, concluyó la Contraloría. Respecto a la solicitud de que sea la propia Contraloría quien instruya un sumario “destinado a investigar y establecer responsabilidades administrativas que pudieren afectar a los funcionarios involucrados en la modificación que se le introdujo a las bases”, la Contraloría respondió que “la mencionada potestad disciplinaria se encuentra radicada en el alcalde, por lo que corresponde a esa autoridad ponderar la pertinencia de incoar un procedimiento de dicha naturalesa”. ALCALDE VALDIVIA Alcalde Rodrigo Valdivia Orias. En relación a esta materia, el Alcalde Rodrigo Valdivia Orias se mostró conforme “porque lo que nosotros habíamos predicado tras asumir esta nueva administración en diciembre de 2016, y con los mismos fundamentos que teníamos cuando yo era concejal, es de que efectivamente habían vicios de ilegalidad en esta licitación. Por tanto, que la Contraloría haya constatado que efectivamente la revocación correspondía me llena de satisfacción junto al equipo de abogados de la municipalidad”. Valdivia afirmó que “estábamos claros que las cauciones que se habían tomado con respecto a las boletas de garantía exigidas por funcionarios municipales no correspondían a los intereses municipales. Por lo tanto, que bueno que hayamos revocado esa licitación, y más aún cuando es la propia Contraloría quien no da la razón”. En cuanto a los sumarios administrativos, el Alcalde Valdivia confirmó que “por supuesto que lo vamos a hacer, es un imperativo que la ley establece, independiente que yo le haya solicitado a la propia Contraloría que estableciera los sumarios. Porque en el fondo ya habíamos establecido, como nueva administración y en el caso mío como alcalde, que efectivamente funcionarios municipales no pueden estar involucrados en producirle un detrimento a la municipalidad, especialmente cuando son funcionarios que tienen una tremenda responsabilidad, desde el punto de vista que son funcionarios de planta”. Valdivia agrega que “hay un funcionario que más encima postuló a un concurso de oposición de antecedentes y que se debe íntegramente al concejo municipal, que es el que debe fiscalizar las actuaciones del alcalde y de esta administración. Por lo tanto, obviamente que vamos a iniciar la investigación sumaria correspondiente, no solamente porque lo establece la ley sino que por instrucción expresa de la propia Contraloría”. El Alcalde no descartó que de existir intervenciones que puedan revestir carácter de delito, estas sean denunciadas a la justicia. En ese sentido aseguró que “nosotros no descartamos ninguna opción ni aseveramos otras. Lo que estamos diciendo es que vamos a iniciar los procesos correspondientes, y en lo que sí insisto es que me parece de extrema gravedad el que este tipo de funcionarios hayan avalado cambios con respecto a la boleta de garantía; una vulneración flagrante a las bases de la licitación, una vulneración flagrante a la Ley de Compras Públicas”. Valdivia aseguró que “yo no puedo entender cómo correspondiendo una caución del 5% respecto de un monto que superaba los $3.000.000.000, por lo que correspondía (una boleta de garantía) por más de $150.000.000, de un día para otro se haya “bajado” la boleta de garantía a aproximadamente a $14.000.000, lo que obviamente ¡no corresponde!, en el sentido de que hay que velar por los intereses de la municipalidad, especialmente de las arcas fiscales”. Por último, el edil señaló creer que “ahí hay un despropósito, y por lo tanto vamos a iniciar todas las acciones que correspondan de acuerdo a la Ley Orgánica de Municipalidades, tal como lo establece la Contraloría, porque debemos dar una señal clara y potente que ¡con las platas de la municipalidad no se juega!, porque son recursos de todos los vecinos de Panguipulli”, concluyó. DOCUMENTO |